Imprimir esta página
Jueves, 12 Agosto 2021 12:00

DAÑO ANTIJURÍDICO

Jurisprudencialmente se ha señalado como aquel daño que la víctima no está en el deber jurídico de soportar, y que lesiona injustificadamente su patrimonio. Este daño puede ser causado por la acción o la omisión de las autoridades públicas. En tal caso el Estado quien debe responder patrimonialmente.

Visto 603 veces