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TRIBUNAL
Órgano judicial de jerarquía superior y de integración colegiada.
TUTELA
La acción de tutela es la garantía que ofrece la Constitución de 1991 del derecho que tienen todas las personas a la protección judicial inmediata de sus derechos fundamentales. Esto está expresado en el Articulo 86 de la Constitución: "Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, "cuando quiera que estos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad publica" Constitución política de Colombia 1991