Alcaldia Pitalito

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El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en la Constitución Política, lo dispuesto en el Artículo 222 parágrafo 1 de la Ley 1801 de 2016 Código Nacional de Policía y Convivencia y el Decreto 130 de 2017,procede el despacho de la Inspección de Policía dentro del término legal señalada por el artículo 222 de la Ley 1801 de 2016 a resolver sobre la medida de DESTRUCCIÓN DE BIEN, SUSPENSIÓN DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL Y MULTA GENERAL TIPO 2 relacionada en la orden de Comparendo Bajo el expediente No. 41-551-6-2020- 2096 por comportamiento señalado en el artículo 95 numeral 1 de la ley 1801 de 2016.

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El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los artículos 206, 213 y siguientes de la Ley 1801 de 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a la orden de comparendo bajo el expediente digital No. 41-551-6-2020-1880 de fecha 06 de septiembre de 2020, impuesta al señor ANDRES ROBERTO PERDOMO BARRERA identificado con cédula de ciudadanía No. 1.083.925.392.

 

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El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los artículos 208, 213 y siguientes de la Ley 1801 de 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a la orden de comparendo bajo el expediente digital No. 41-551-6-2020-1977 de fecha 1 O de septiembre de 2020, impuesta al señor ALEXIS ARBOLEDA MARTÍNEZ identificado con cédula de ciudadanía No. 1.111.812.242.

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El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los artículos 206, 213 y siguientes de la Ley 1801 de 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a la orden de comparendo bajo el expediente digital No. 41-551-6-2020-1976 de fecha 1 O de septiembre de 2020, impuesta al señor JAVIER ORLANDO ROJAS JIMENEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.083.900.841.

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El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los artículos 206, 213 y siguientes de la Ley 1801 de 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a la orden de comparendo bajo el expediente digital No. 41-551-6-2020-1974 de fecha 10 de septiembre de 2020, impuesta al señor PEDRO LEON GONZÁLEZ URREA, identificado con cédula de ciudadanía No. 83.027.315.

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El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los artículos 206, 213 y siguientes de la Ley 1801 de 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a la orden de comparendo bajo el expediente digital No. 41-551-6-2020-1973 de fecha 1 O de septiembre de 2020, impuesta al señor ERL YN FERNEY PEREA PALACIOS, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.111. 788.562.

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El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los artículos 206, 213 y siguientes de la Ley 1801 de 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a la orden de comparendo bajo el expediente digital No. 41-551-6-2020-1972 de fecha 1 O de septiembre de 2020, impuesta al señor SEBASTIAN FRANKLIN MUÑOZ HERNANDEZ , identificado con cédula de ciudadanía No. 1.007.531.564.

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El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los artículos 206, 213 y siguientes de la Ley 1801 de· 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a la orden de comparendo bajo el expediente digital No. 41-551-6-2020-1971 de fecha 1 O de septiembre de 2020, impuesta al señor JHON ALEXANDER ROSERO CARLOSAMA, identificado con cédula de ciudadanía No.1.083.883.870.

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El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los artículos 206, 213 y siguientes de la Ley 1801 de 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a la orden de comparendo bajo el expediente digital No. 41-551-6-2020-1970 de fecha 1 O de septiembre de 2020, impuesta al señor MAURY DANILO VARGAS CARVAJAL, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.083.922.233.

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El Inspector de Policía Municipal, en pleno uso de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente las contenidas en los artículos 206, 213 y siguientes de la Ley 1801 de 2016 "Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana" y el Decreto 130 de 2017, procede a dar trámite a la orden de comparendo bajo el expediente digital No. 41-551-6-2020- 1967 de fecha 09 de septiembre de 2020, impuesta al señor OMAR NORBERTO RANGEL NARVAEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.079.604.972.

 

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